Ley de Manejo del Fuego

Si bien se aprobó en general el proyecto de ley de Propiedad Privada, el gobierno tuvo que ceder en la modificación a la compra de tierras por extranjeros y también este capítulo que establece restricciones específicas para evitar que un incendio pueda convertirse en el punto de partida para una transformación del uso del suelo.
Interés General07/08/2026

El Gobierno nacional sufrió este jueves una significativa derrota legislativa en el Senado al verse obligado a retirar el capítulo que modificaba la Ley de Manejo del Fuego del proyecto de inviolabilidad de la propiedad privada.

La estrategia encabezada por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, no logró contener la fuga de apoyos entre los bloques dialoguistas. Si bien el oficialismo consiguió la aprobación en general con el respaldo de sectores de la UCR, el PRO, legisladores misioneros y algunos aliados provinciales, durante el tratamiento en particular perdió los votos necesarios para sostener los artículos más controvertidos.

La última versión del dictamen que había llegado al Senado generó fuertes cuestionamientos por los cambios introducidos en los artículos 22 bis, 22 ter y 22 quater de la Ley de Manejo del Fuego. La modificación eliminaba los plazos que actualmente impiden cambiar el destino de determinados terrenos afectados por incendios y abría un nuevo capítulo en la discusión sobre la protección de bosques nativos, humedales y otros ecosistemas vulnerables.

La legislación vigente, impulsada en 2020, establece restricciones específicas para evitar que un incendio pueda convertirse en el punto de partida para una transformación del uso del suelo. En el caso de bosques nativos, áreas protegidas y humedales, la prohibición de modificar el destino de los terrenos alcanza los 60 años. Para zonas agropecuarias, praderas, pastizales y áreas periurbanas, el plazo establecido es de 30 años.

El objetivo de estas disposiciones es evitar que la pérdida de cobertura vegetal provocada por un incendio facilite posteriormente procesos de urbanización, cambio de uso del suelo o desarrollo de actividades productivas en territorios que antes contaban con determinadas condiciones de protección.

La nueva redacción eliminaba esos plazos. Desde sectores críticos de la iniciativa cuestionaron que, de haberse aprobado, la reforma hubiese significado un debilitamiento sustancial de una herramienta preventiva de la política ambiental.

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